Escrito por: Laura García-Centro De Estudios Policarpa Salavarrieta-
1. Esterilidad de los derechos humanos como libreto de emancipación para la humanidad.
Los derechos humanos son un conjunto de bienes primarios o reivindicaciones protegidas jurídicamente por la comunidad nacional y/o internacional, los derechos humanos concretan las aspiraciones y demandas de libertad, dignidad y equidad en cada época histórica. Es la condición de protección jurídica de estos bienes por parte del estado o la comunidad internacional, lo que le otorga el estatuto de derechos, de lo contrario deberán ser considerados aspiraciones morales
Aspiraciones morales como referencias éticas de una vida buena para todos en un marco de libertad y equidad. de la humanidad o de una comunidad política nacional específica.
Recordemos cómo un derecho debe poseer tres elementos centrales, una doctrina narrativa sobre la necesidad humana o bien que protege, un tribunal que garantice su justicialidad y una fuerza que haga cumplir la protección o realización del derecho, si se carecen de estos tres atributos, repetimos, estamos ante un programa de realizaciones humanas o de aspiraciones morales, no de derechos.
A partir de la invasión unilateral a IRAK por parte del imperio Norteamericano y de la política imperial neoliberal concretada en el ALCA y los TLC, el andamiaje legal internacional de protección jurídica de los derechos humanos
Sistema Internacional ONU. Derecho a la libre autodeterminación de los pueblos, y obligatoriedad de los países en caso de conflicto, de actuar ceñidos a las decisiones del Consejo de Seguridad de la ONU. En el caso de los Derechos Económcios y Sociales el Neoliberalismo barre derechos protegidos jurídicamente por el sistema AMERICANO y el Sistema ONU, sin que estos sirvan de instrumento de contención. concretó el progresivo desmoronamiento en que ya se hallaba inmerso como referente válido en la protección y exigibilidad de los derechos. Los derechos humanos han perdido su estatuto de derecho
Bobbio Norberto. El futuro de la democracia, y volvieron a ser un programa moral de la humanidad, es imprescindible comprenderlo así para no caer en el juego romántico de invocar la norma creyendo que eso bastará para su aplicación práctica, creer que por la invocación al derecho su garantía será respetada.
Los sistemas ONU y AMERICANO de derechos humanos colapsaron por la inexistencia de factores reales de poder global que garanticen su realización, las potencias garantes son en realidad sus principales violadores, los sistemas nacionales por su parte ha quedado convertidos en leyes regresivas que despojan a los pueblos de sus conquistas ante las exigencias de las nuevas formas de acumulación capitalista.
La arquitectura legal internacional, surgió en un contexto que hoy no existe, ha cambiado sustancialmente, ese andamiaje normativo no visibiliza los nuevos actores en escena como las trasnacionales, las redes criminales y el unilateralismo militar imperial, que a la postre son definitorios en la configuración del poder y la garantía de los derechos en los contextos nacionales.
En el nuevo contexto los estados nacionales ya no son el eje configurador del orden, los estados nacionales copados por burguesías y oligarquías serviles al imperio han transigido en el desmonte de los marcos normativos de protección de derechos que otrora fueran firmados y ratificados por sus estados, esta violación normativa y desmonte de los sistemas de protección no tiene otro objetivo que crear las condiciones de implantación y reproducción del nuevo patrón de acumulación capitalista, de la misma forma, los sistemas de protección y el discurso de los derechos humanos no tuvo otro objetivo que crear las condiciones de activación del consumo para garantizar la salida de la crisis económica y la consolidación del pacto capital-trabajo para garantizar la estabilidad en la reproducción y acumulación capitalista.
En este marco es necesario preguntarnos, ¿Son los derechos humanos esencias inmutables e intransformables?, es cierto el mito de su universalidad como normativas válida para cualquier contexto cultural y político? cual es la diferencia entre un derecho, una necesidad humana y una aspiración moral?. Es fundamental responder estos interrogantes en la perspectiva de discusión y trabajo hacia la construcción de un programa para la nueva Colombia.
Mostraremos en el transcurso de esta narración como el cambio en el orden mundial y en el patrón global de acumulación y reproducción del capital, han traído importantes impactos y consecuencias para la promesa de los Derechos Humanos, situación que nos coloca en un momento excepcional de fundación de una nueva concepción y práctica de los ideales de libertad e igualdad para la humanidad.
Como decíamos en los primeros párrafos, la invasión a Irak supuso la vulneración de la legalidad internacional por parte del imperio, en este contexto de unilateralismo, es claro que se redefinen las reglas de juego, es claro que la supuesta conciencia expandida y humanista que significó la declaración Universal de los derechos humanos, hoy nos muestra su verdadera esencia ligada a la exigencias de reproducción del capital.
Consecuente con lo anterior debe quedar claro que requerimos nuevos escenarios de lucha por la exigilidad y realización de los derechos, de nuevo la promesa de los derechos humanos y su vitalidad revolucionaria deberá construirse desde las trincheras de la resistencia insurgente contra las tiranías, desde la movilización y la lucha de calle de las mayorías. De nuevo como desde su surgimiento en las barricadas del pueblo Francés, los derechos humanos son abrigo de los pueblos del mundo en la construcción y refundación de una legalidad internacional verdaderamente válida y eficaz para la protección de los derechos, igualmente requerimos de protocolos alternativos capaces de visibilizar los suprapoderes que hoy se constituyen en verdaderos violadores de los derechos humanos, llegando a rebasar y transgredir a los estados en sus papeles garantistas.
2. Arquitectura Legal Internacional De Los Derechos Humanos como requerimiento ideológico y material del capitalismo de postguerra.
Como dijimos en la parte uno de este ensayo, la diferencia entre un programa de reivindicación moral y humanista con lo que denominamos derechos humanos, está en que los segundos tienen un estatuto de formalización positiva en protocolos de orden nacional e internacional. Son sistemas de normas válidas protegidas jurídicamente, teniendo como correspondencia, la garantía de exigibilidad, Justicialidad y fuerza para su cumplimiento.
El nuevo orden internacional surgido de la postguerra de 1945, fortaleció la representación jurídica y de poder necesario para la nueva lógica de acumulación del capital a nivel internacional, recordemos que la receta Keynesiana de incrementar la demanda agregada (Consumo) como garantía de producción y reproducción del nuevo tipo de capitalismo, tuvo como consecuencia una directa intervención de los estados en la reproducción de la mano de obra, aparece así el discurso de los derechos económicos y sociales ligados a todos los sistemas de estado benefactor.
Otro elemento de este nuevo andamiaje estaba dado por la derrota y resistencia frente al colonialismo Europeo, tanto en África, Asia, como en América Latina. Esta humillante derrota militar a los imperialismos significó a su vez una derrota a la legitimidad universal del discurso e ideología colonialista, defendido incluso por las “izquierdas socialistas”
Ver al respecto las posturas del socialista Alemán Edward Bersteim y de diversos dirigentes de la internacional socialista. Según estos dirigentes cooptados por el gran capital, los bárbaros asiáticos, africanos o latinoamericanos no estaban preparados para la democracia por lo cual requerían de estructuras políticas unilaterales y fuertes, además era necesario que el capitalismo se desarrollara todas sus fuerzas productivas a partir de la integración de colonias para garantizar su abastecimiento, esto crearía las condiciones de un capitalismo avanzado maduro para el socialismo.. Se necesitaba entonces un nuevo discurso e ideología poscolonial, un nuevo ropaje, la bestia colonialista e imperialista se vistió a nivel internacional con un nuevo y hermoso traje ideológico orientado a borrar la historia y lavar el recuerdo de su genocidio y depredación, sus nuevas vestimentas se llamarán “Derechos Humanos” y cínicamente tanto los colonialistas Europeos, como el imperialismo norteamericano se convierte en su “garante global”.
El discurso de la nueva ideología nos presentó esta criatura, los derechos humanos, como la conciencia emergente frente a los horrores de la guerra, los abusos del poder, y el escándalo por la pobreza generalizada y la previsible catástrofe ambiental, supuestamente lo más avanzado de la “conciencia humana” formuló la declaración universal de los derechos humanos en 1948.
Esta declaración protegía de manera formal y con precisión normativa los derechos civiles y políticos, luego vinieron en el marco de los derechos económicos y sociales otros desarrollos como el Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en 1976, el cual buscaba brindar un marco de protección a ese conjunto de derechos referidos a la equidad, derechos que han dado en llamarse del desarrollo, llegaron otros protocolos en dirección a la exigibilidad y la justicialidad como Limburgo en 1986, Mastrich 1997.
Estos desarrollos, han dado lugar a una arquitectura internacional de “protección” de los derechos humanos dentro de la cual se destacan los siguientes instrumentos:
INSTRUMENTOS NORMATIVOS
CONTENIDO
AÑO
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Principios de la dignidad humana.
Principios de libertad
1948
Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Libre determinación de los Pueblos.
Disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales
Todos los estados respetarán la libre determinación de conformidad con las disposiciones de la carta de la ONU.
Los estados dispondrán de medios apropiados y medidas para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos (Trabajo, Seguridad social, salud, Sindicalización, salud, alimentación, vivienda, otros
1976
Principios de Limburgo (En la ciudad de Maastrich Paises Bajos)
Precisa los Derechos Económicos y sociales como Derechos Humanos y señala como los estados deben cumplirlos
1986
Directrices de Maastrich
Precisa las obligaciones de los estados de Respetar, Proteger y Cumplir. Les otorga a los DESC el mismo valor que los civiles y políticos.
1997
Convención americana de Derechos humanos
Formula 7 metas para la reducción de la pobreza en el 2015.
2000
Convenios OIT
Relativos a protección Sindical y derecho al trabajo
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Pacto internacional de derechos civiles y políticos
Precisa la protección de todos los derechos civiles y políticos como vida, libertad personal, de expresión, integridad, etc.
Entra en Vigor en 1976 se abrió a firmas en 1966
Protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y políticos
Autoriza la recepción y trámites del Comité internacional de Derechos civiles y políticos de denuncias de individuos que sientan que sus estados violan sus derechos. Reglamenta la judicialización internacional de estos derechos.
1976 entra en Vigor
Segundo protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y políticos
Abolición de la pena de muerte
1976
Este conjunto de producción normativa dirigido a la protección de derechos, es coincidente como hemos dicho con el nuevo patrón de acumulación que requería el capitalismo en el contexto de postguerra, un patrón construido desde la necesidad de un estado que acompañara la reproducción capitalista. Sin embargo ante las nuevas exigencias surgidas a partir de 1977, el capitalismo desarrolla un nuevo patrón de acumulación llamado neo-liberalismo y no ha dudado en pisotear y anular el tan extenso y humanista sistema de protección de derechos, los nuevos marcos de producción normativa nacional violan descaradamente lo que décadas antes decían defender.
Y es que históricamente, el afán central del capitalista es la acumulación de riqueza, es la ganancia, pero existe una ley en el capitalismo y es la tendencia a la caída en la ganancia capitalista, la ganancia capitalista cae porque el capitalismo es un sistema donde no hay planificación para la producción, así que se produce y se produce hasta llegar un momento que producto del número de competidores que concurren en una determinada rama económica se genera el efecto de superproducción y super oferta, igualmente como consecuencia de los bajos salarios, los trabajadores y la sociedad no tienen capacidad para consumir estos bienes producidos, se da entonces lo que se conoce como las crisis capitalistas.
Con el objetivo de ilustrar suficientemente la relación de los sistemas de protección de derechos humanos y las exigencias de reproducción del capital nos permitiremos en los siguientes párrafos explicar el proceso de crisis en la acumulación y surgimiento de sistemas de regulación para superar la crisis.
Las crisis son una expresión de la superproducción y el desorden capitalista, sin embargo en las crisis concurren también elementos políticos y culturales de cada período que es importante destacar, durante el último siglo asistimos a dos crisis estructurales del capitalismo, veamos:
CRISIS DE 1929
CRISIS DE 1973
Existía un excesivo endeudamiento de los países europeos con E.E.U.U, puesto que necesitaban recuperarse del desastre de la guerra.
Desorden monetario que se inicia con la suspensión del oro como referencia de soporte de todo el dinero que se emite, pasó a ser el dólar.
En Nueva York ocurre un alza desmedida en las especulaciones, que provoca colapso en la Bolsa de valores el jueves 24 de octubre de 1929.
Suben los precios del petróleo decretada en 1973 por los países árabes de la OPEP a raíz de la cuarta guerra árabe-israelí.
Superproducción por inversión en reconstrucción Europea y expansión productiva norteamericana.
Caída en la tasa media de ganancia capitalista producto de un estancado desarrollo tecnológico y una regulación laboral que incrementaba el costo de la fuerza de trabajo.
Caída en la capacidad de consumo de la población.
Mercado internacional poco flexible a la expansión monopólica del capital.
Fuente: Elaboración propia
Ante cada crisis el capitalismo desarrolla una manera particular de organizar la producción y las relaciones sociales (Dentro de éstas los sistemas normativos y legales) para garantizar la ganancia capitalista, cambia de traje buscando preservar el sistema capitalista en su conjunto, esto es lo que desde la lógica del capital se entiende por modelo de desarrollo.
Desde la perspectiva del capitalismo, un modelo de desarrollo será la manera como la sociedad se organiza en un período histórico específico para garantizar la acumulación capitalista, el modelo de desarrollo contiene tres elementos centrales:
1. El tipo de propiedad de la riqueza y su distribución.
2. Tipo de organización del trabajo y la producción.
3. Tipo de regulación del trabajo y la economía. Cuando hablamos de regular hablamos de las reglas de juego o leyes.
En el último siglo el capitalismo ha implementado dos modelos de desarrollo centrales para preservar la acumulación:
Ante la crisis de 1929, impulsa y materializa el modelo de desarrollo conocido como Estructuralista o de negociación implicada, el cual se consolida en los años de postguerra, luego ante la crisis de1973 impulsa el modelo conocido como neoliberal, veamos los elementos centrales de cada uno de ellos:
MODELOS/ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
ESTRUCTURALISMO O NEGOCIACIÓN IMPLICADA.
Tiene como base la teoría del economista inglés John Maynard Keynes, su teoría propone una mayor intervención estatal en la regulación de la economía. Busca crear las condiciones para elevar la demanda o el consumo. Se habla de Negociación implicada porque promueve el pacto entre trabajadores y capitalistas para garantizar la producción. Igualmente ha tenido como referencia al ingeniero Henry Ford, el cual propone no solo un nuevo método de producción desde lo que se llamó las bandas de montaje, sino que propuso además la elevación de los salarios como condición para garantizar el consumo.
NEOLIBERALISMO
Propone la no intervención del estado en la economía pues esto limita la libertad de los agentes privados, propone el mercado como regulador de la economía y la sociedad. Cuestiona el concepto de justicia social, la ven como una fórmula vacía pues en una sociedad de “libertad” es en el mercado donde los individuos encuentran el ingreso necesario para proveerse los bienes requeridos. Sus exponentes más nombrados son Friedrich Hayek y Milton Friedman.
Tipo de Propiedad que promueve.
Fuera de la propiedad privada de los medios de producción, valida la existencia de la propiedad estatal, en sectores se soporte como vías, puertos, energía, o industria intermedia, pues busca que el estado apoye el proceso de acumulación capitalista.
Busca desarrollar procesos de industrialización desde la sustitución de importaciones y activación del mercado interno.
El neoliberalismo cuestiona la propiedad estatal de los medios de producción, a partir de su implantación desde 1977 ha venido promoviendo la privatización absoluta de toda la propiedad estatal, pasando ésta a manos privadas. Señala al estado como ineficiente y mal administrador. Valida la pequeña propiedad cooperativa pues la articula como redes de abaratamiento de su producción, contrata con ellos la elaboración de partes de un producto, logrando evadir así relaciones de dependencia laboral.
Tipo de distribución de la riqueza.
Aparece la figura del estado benefactor pues se pretende que el estado apoye con la reproducción de la fuerza de trabajo. Aparece el discurso de los derechos económicos y sociales donde el estado debe garantizar la salud, la educación, el saneamiento, la vivienda, etc.
El estado al intervenir en la garantía de estos derechos genera lo que se conoce como salario social, el cual será complemento del salario que el capitalista pague, esto termina por elevar la capacidad de consumo de los trabajadores.
El valor central para el neoliberalismo es la propiedad y el individuo, no valida ningún tipo de política distributiva, cree que la justicia social es un término vacío, para el neoliberalismo no existe la solidaridad como valor, solo el mercado como espacio para que los individuos concurran y satisfagan todas sus necesidades. Lleva al estado a que se libere de su responsabilidad en la educación, la salud, la seguridad social, etc y captura estos derechos como mercancías montando grandes negocios con ellos (Empresas privadas de prestación de salud o seguridad social, escuelas privadas, etc)
Formas de organizar la producción
Organiza la producción desde dos modelos:
Modelo Fordista:
Mecanización del ritmo de trabajo con la incorporación de la cadena de producción. Maquinismo Reductor de tiempos. Aumento de salarios para garantizar el consumo de los trabajadores.
Modelo Taylorista en control del trabajo: Parte de dividir el trabajo manual del intelectual, piensa que el trabajador es indisciplinado por lo tanto requiere del control. Obliga al trabajador a ejecutar el plan de trabajo en tiempos exactos desde estímulo de bonificaciones al salario y amenaza de sanciones. Divide el proceso de trabajo en diversas partes buscando que el trabajador se especialice en una, hasta lograr disminuir los tiempos de producción. Los trabajadores no tienen el control ni en la dirección ni en la gestión del trabajo.
El capitalismo en el desarrollo del modelo neoliberal se ha apalancado a partir de 1973 en lo que se ha denominado la nueva revolución tecnológica de la telemática y la microbiología, esto le ha permitido transformar la antigua forma de producir en galpones o fábricas y llegar a relocalizar la producción en todo el mundo, así una empresa textil puede localizar la producción de unas partes en América Latina, otras en Asia y luego ensamblar o confeccionar en África para luego ponerle un marca Italiana. Para esto el neoliberalismo ha generado un modelo de sobre explotación llamado maquila, que no es otra cosa que grandes concentraciones de trabajadores que trabajan hasta 18 horas al día sin ningún derecho laboral ni garantía de salud laboral, es lo que se conoce como neo-taylorismo sanguinario. A la par desarrolla industrias de punta y alta tecnología, las cuales las desarrolla desde formas de trabajo denominadas toyotistas donde los trabajadores tienen mejores garantías salariales y tienen mayor participación en la dirección y gestión del trabajo.
Tipo de regulación del Trabajo y la economía
Aparece como centro el pacto capital trabajo para garantizar la producción, se desarrollan leyes del trabajo que brindan garantías de derechos laborales y de seguridad social.
El estado regula la política económica de aranceles para las importaciones pues busca proteger la producción nacional, aparecen medidas de regulación estatal de la banca y de todos los sectores de la economía.
Promueve lo que llama la desregulación laboral que no es otra cosa que la eliminación del los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores. En América latina se reformaron todas las leyes del trabajo, permitiendo formas de contratación sin ninguna garantía de derechos.
En lo económico busca eliminar los aranceles a los productos importados bajo la figura de la apertura económica, busca con ello ampliar mercado para los productos de las trasnacionales.
Termina golpeando al sindicalismo y los pactos o convenciones colectivas que garantizaban los derechos de los trabajadores a partir de la deslocalización de las empresas.
Promueve la no intervención del estado en la regulación de la economía, busca libertad económica y financiera.
Que realizaciones ha generado este modelo.
Este modelo le permitió al capitalismo salir de la crisis de 1929 pues logró elevar su tasa de ganancia al aumentar el consumo, en lo social aparecieron los estados llamados de bienestar sin embargo degeneraron en aparatos burocráticos y corruptos que no lograron eliminar la pobreza, creó unas élites con capacidad de consumo mientras la mayoría no podía acceder a los bienes básicos, el crecimiento industrial se logró con este modelo solo en los países del centro mientras en Latinoamérica la industrialización se quedó en el atraso, producto de la dependencia tecnológica y la incapacidad del mercado interno de garantizar el consumo para la producción generada.
Las garantías de derechos sociales fueron parciales y terminaron viéndose como regalos del estado a la población, no como derechos de los ciudadanos.
Desde 1973 se comenzó a implantar el neoliberalismo como respuesta a la crisis de acumulación del capitalismo, su materialización práctica ha significado el aumento de la pobreza en América latina y el mundo, sin embargo la tasa de ganancia capitalista ha aumentado al lograr abaratar los costos de su producción con la sobre-explotación de los trabajadores.
En lo político el neoliberalismo para poder imponerse ha recurrido a regímenes dictatoriales como Pinochet en Chile o a tiranías narco paramilitares como la Colombiana que vende una apariencia democrática pero aniquila y asesina a la oposición política. En Perú significó la imposición de la dictadura fujimorista.
Fuente: Elaboración Propia
Volviendo al hilo estructurante del ensayo, los derechos humanos, digamos que han colapsado como producto de las nuevas exigencias del capital, esto debemos comprenderlo para superar el romanticismo político y jurídico hegemónico en muchos sectores sociales, que privilegian el cabildeo en organismos internacionales de protección antes que la lucha social.
Los comités o cortes regionales e internacionales de protección son los nuevos fariseos al servicio de su amo imperial, la verdadera realización de los derechos vendrá de la barricada popular o no vendrá, esta verdad histórica ya la han demostrado Venezuela, Bolivia, Ecuador y Argentina, los sistemas de protección se han restituido desde la configuración de nuevos factores reales de poder alinderados con las grandes mayorías.
3. Esterilidad E Ineficacia De Los Instrumentos Actuales De Protección De Los Derechos Humanos: El Caso Colombiano.
Las pretensiones de exigibilidad y Justicialidad de los derechos económicos y sociales como vimos, están articuladas a un marco normativo
internacional que surgió desde 1966 en el protocolo de Derechos
económicos y Sociales de las naciones unidas, luego se particulariza
en el tratado de mastrich de 1976 y se operativiza mucho más en el
tratado de Limburgo de 1986.
El marco normativo internacional de derechos humanos, teóricamente, debería haber sido una malla de contención a los procesos de mercantilización de la salud, a la privatización disfrazada de los sistemas de educación pública, a la captura de los sistemas de seguridad social y pensiones por parte del capital financiero. Sin embargo los modelos de ajuste se expandieron por toda América Latina y particularmente en Colombia sin que los Marcos normativos y sus comités permanentes tanto del sistema ONU como del sistema OEA, pudieran o quisieran hacer algo para impedirlo, denunciarlo o condenarlo.
Veamos a continuación el conjunto de protocolos firmados por Colombia y como el nuevo contexto de reproducción del capital llevó a la burguesía Colombiana a violar uno a uno los protocolos firmados, veamos algunos ejemplos para ilustrar esta afirmación:
PROTOCOLO INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
AÑO EN QUE COLOMBIA LO FIRMA O RATIFICA
LEGISLACIÓN, POLÍTICAS o PRÁCTICAS INTERNAS VIOLATORIAS A PROTOCOLOS DE PROTECCIÓN
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), vigilado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
29-Oct-69
Ley 100 de 1993, crea las condiciones de privatización de los sistemas de salud y seguridad social.
Ley 50 de 1990 introduciendo reformas al código sustantivo del trabajo para garantizar los sistemas de flexibilización laboral y sobreexplotación en maquilas.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), vigilado por el Comité de Derechos Humanos
29-Oct-69
Exterminio de 6000 militantes del partido de izquierda UP.
Expansión paramilitar y compromiso de agentes de estado como militares, parlamentarios y miembros del ejecutivo.
4.000.000 de desplazados campesinos producto de la expulsión violenta para expropiar tierras que luego concentradas han sido dirigidas a megaproyectos, explotación minera o agro cultivos de biocombustibles.
El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PrIDCP), vigilado por el Comité de Derechos Humanos
29-Oct-69
Ley 356 de 1994 que legaliza el paramilitarismo a partir de cooperativas de seguridad llamadas CONVIVIR.
Reiterada legislación y decretos de estatutos de seguridad que vulneran derechos mínimos de libertad de conciencia, libertad de expresión, libertad personal, presunción de inocencia, entre otros.
El Segundo Protocolo Facultativo destinado a abolir la pena de muerte (CCPR-OP2-DP);
5 de ag 97
1.500.000 asesinatos políticos y desaparecidos en los últimos 20 años.
La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD), vigilada por el Comité para la Eliminación de Discriminación Racial;
02-Sep-81
Implantación de megaproyectos y agro cultivos en zonas ancestrales de indígenas y negritudes.
la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT), vigilada por el Comité contra la Tortura;
08-Dic-87
7.500 presos de conciencia sometidos a tortura, tratos crueles y condiciones degradantes de reclusión
la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), vigilada por el Comité de los Derechos del Niño (CRC);
28-Ene-91
Ley 100 de 1993, crea las condiciones de privatización de los sistemas de salud y seguridad social.
Ley 50 de 1990 introduciendo reformas al código sustantivo del trabajo para garantizar los sistemas de flexibilización laboral y sobreexplotación en maquilas.
Las cuentas son claras, nos muestra una burguesía que firma la formalidad de un protocolo y lo viola en su práctica política real. Pero la conducta burguesa no nos desconcierta, es consustancial a su naturaleza y a la forma violenta, sanguinaria y criminal que acompaña su reacomodo en cada ciclo histórico para garantizar su acumulación, ya lo hizo en la década del 40 para garantizar la consolidación de su modelo industrial en las ciudades y la penetración capitalista en el agro, y lo ha vuelto a hacer en este ciclo macabro entre 1980 y el 2010.
Pero sí nos desconcierta el peso que aun tiene la ideología de los derechos humanos como formalidad jurídica, nos desconcierta que no se comprenda que se ha dado un desplazamiento en los centros de acción válidos y eficaces para la exigibilidad y realización de los derechos, estos centros están dados por la insubordinación popular que recorre hoy todos los continentes, insubordinación reciente en el norte de áfrica, ruptura del pacto capital trabajo en Europa y presencia de los trabajadores y estudiantes en la lucha de calle.
Insubordinación que surgió desde las barricadas de los poderosos movimientos Antiglobalización, que se materializó desde las revoluciones nacionales populares y democráticas en toda América latina. Insubordinación de las resistencias militares populares en Irak, Afganistán Palestina, Líbano y Colombia.
Es entonces la insurgencia social y militar el único factor de poder que posibilitará la realización de la democracia y los derechos humanos.
No fue Mastrich ni Limburgo, ni la burocracia de la ONU o de la OEA, ni todas las cortes tarifadas de ONGS de derechos humanos quienes vienen a colocar en crisis el modelo de instrumentalización del ALCA para el 2005. Ha sido la triada de Argentina, Brasil y Venezuela, que constituyendo económicamente el 52 % de la economía latinoamericana; han construído un nuevo sentido y forma de globalizar, globalizar desde el sur para dialogar con el norte. Argentina lo hizo desde el levantamiento piquetero y la insurgencia social, Venezuela desde el levantamiento insurgente de su población en 1989 (Caracazo) y el levantamiento insurgente del MBR-200 en 1992, Brasil desde un modelo nacional y de desarrollo regional. Luego vendrían Bolivia, Ecuador y todos los países del sur que hoy trasgreden la lógica neoliberal.
Esta historia continuará…
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